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Laboral · Guía

Cómo Calcular un Finiquito en 2026: Fórmula, Ejemplos y Calculadora Paso a Paso

Lo esencial de este artículo

Todo lo que necesitas saber para calcular tu finiquito

  • El finiquito incluye siempre: salario pendiente + vacaciones no disfrutadas + pagas proporcionales
  • Finiquito e indemnización son conceptos distintos — no confundirlos puede costarte miles de euros
  • Tienes derecho a finiquito aunque te vayas voluntariamente; la indemnización, no
  • Puedes firmar el finiquito «no conforme» sin renunciar a reclamar después
  • El plazo para reclamar un finiquito incorrecto es de 1 año desde la extinción del contrato
  • Con fórmulas reales y tres ejemplos completos calculados para 2026

Qué es un finiquito y qué debe incluir

El finiquito (o «saldo y finiquito» en su denominación formal) es el documento que certifica la extinción de la relación laboral entre empresa y trabajador, y la liquidación económica de todos los conceptos pendientes en el momento del cese. En otras palabras, es la cuenta final que la empresa le debe al trabajador independientemente del motivo por el que se acaba la relación.

Un finiquito correcto debe reflejar, sin excepción, tres grandes bloques:

  • Salarios pendientes de cobro: los días del mes en curso que ya has trabajado y que aún no se han abonado en nómina
  • Vacaciones generadas no disfrutadas: los días de vacaciones que has acumulado en el año y que no has podido coger antes del cese
  • Parte proporcional de las pagas extraordinarias: el porcentaje de las pagas extra del año que ya has devengado pero no cobrado

Además, si existen otros conceptos variables —comisiones pendientes, plus de transporte, dietas, beneficios pactados en convenio colectivo— también deben constar en el finiquito.

ℹ️

El convenio colectivo puede mejorar tus derechos

El Estatuto de los Trabajadores fija los mínimos legales, pero el convenio colectivo de tu sector o empresa puede reconocerte más días de vacaciones, pagas adicionales o mejores condiciones. Siempre revisa el convenio antes de aceptar un finiquito. En Cataluña, sectores como hostelería, comercio o construcción tienen convenios propios que habitualmente mejoran el mínimo estatal.

Finiquito vs. indemnización: la diferencia que más importa

Esta confusión es la que más caro le sale a los trabajadores. El finiquito y la indemnización por despido son dos cosas distintas que, aunque suelen pagarse juntas, tienen naturaleza jurídica y bases de cálculo completamente diferentes.

Concepto¿Qué es?¿Cuándo corresponde?
FiniquitoLiquidación de lo que la empresa te debe al acabar la relación laboral (salario + vacaciones + pagas proporcionales)Siempre — sin excepción
IndemnizaciónCompensación económica por la pérdida del puesto de trabajo, calculada en función de los años de servicio y el salarioSolo en ciertos tipos de despido

La regla de oro: el finiquito se cobra siempre, te vayan o te vayas. La indemnización depende del motivo de la extinción del contrato. Si la empresa te paga una cantidad global sin desglosar, exige el detalle por escrito.

Los conceptos que forman el finiquito

Vamos con la parte práctica: qué incluir y cómo calcularlo. El finiquito se construye concepto a concepto. Aquí tienes cada pieza con su fórmula.

1. Salario pendiente de cobro

Son los días trabajados en el mes en curso (o en cualquier mes anterior impagado) que todavía no se han reflejado en nómina. Se calcula dividiendo el salario mensual entre los días del mes y multiplicando por los días trabajados.

Salario pendiente = (Salario bruto mensual ÷ días del mes) × días trabajados sin pagar

Ejemplo: Si cobras 2.100 € brutos/mes y el mes tiene 31 días, y llevas 18 días trabajados en el mes del cese: (2.100 ÷ 31) × 18 = 1.219,35 €

2. Vacaciones no disfrutadas

Las vacaciones que has generado en el año natural y que no has podido disfrutar antes del cese. En España el mínimo legal son 30 días naturales (22 días laborables) al año, aunque el convenio puede reconocer más.

Vacaciones devengadas = (Días de vacaciones anuales ÷ 365) × días trabajados en el año en curso
Vacaciones a cobrar = Vacaciones devengadas − días ya disfrutados
Importe = (Salario bruto diario) × días de vacaciones a cobrar
⚠️

Salario diario: usa el bruto anual, no solo el base

El salario diario para calcular las vacaciones debe incluir el salario base más todos los complementos salariales de carácter fijo (antigüedad, plus convenio, etc.). Un error muy habitual es calcular las vacaciones solo sobre el salario base.

3. Parte proporcional de las pagas extras

Si las pagas extras no están prorrateadas mensualmente (es decir, si las cobras en junio y diciembre de golpe), tienes derecho a cobrar la parte proporcional del período de devengo que ya has cubierto.

Paga extra proporcional = (Importe de la paga extra ÷ días del período de devengo) × días trabajados en ese período

Ejemplo: Si la paga de verano se devenga de enero a junio (181 días) y te vas el 15 de abril (105 días trabajados en ese período): (1.800 € ÷ 181) × 105 = 1.044,20 €

4. Otros conceptos variables

Comisiones de ventas del mes, plus de transporte, dietas pendientes, plus de productividad, incentivos, beneficios pactados en convenio o en el contrato individual. Todo lo que la empresa te deba y no haya abonado debe constar en el finiquito.

Cómo calcular el finiquito paso a paso (2026)

Sigue estos cuatro pasos en orden. Al final súmalos todos para obtener el importe total del finiquito.

  1. Determina la fecha exacta de cese — Es el punto de partida de todos los cálculos. Cuenta desde el primer día del mes hasta la fecha de baja inclusive.
  2. Calcula el salario pendiente — Días del mes en curso trabajados × salario diario bruto.
  3. Calcula las vacaciones no disfrutadas — Días generados en el año × salario diario bruto. Descuenta los ya disfrutados.
  4. Calcula las pagas proporcionales — Por cada paga extra, multiplica el importe por la fracción del período de devengo que ya has cubierto.
  5. Suma todos los conceptos — El resultado es el finiquito bruto. La empresa aplicará las retenciones de IRPF y cotizaciones de Seguridad Social correspondientes.

Solicita siempre el desglose por escrito

La empresa está obligada a entregarte el finiquito desglosado por conceptos. Si solo te dan una cifra global sin justificarla, tienes derecho a exigir el detalle. Sin ese desglose no puedes verificar que el cálculo es correcto.

Tabla de indemnizaciones por tipo de despido (2026)

Recuerda: la indemnización es adicional al finiquito y solo corresponde en los supuestos que se indican a continuación. Esta tabla recoge los principales tipos de extinción laboral y su indemnización según el Estatuto de los Trabajadores vigente en 2026.

Tipo de extinciónIndemnizaciónLímiteBase legal
Despido improcedente
(contratos desde el 12/02/2012)
33 días de salario por año trabajado24 mensualidadesArt. 56 ET
Despido improcedente
(contratos anteriores al 12/02/2012)
45 días/año hasta esa fecha + 33 días/año desde entonces720 días (régimen mixto)DT 5ª ET
Despido objetivo
(causas económicas, técnicas, organizativas)
20 días de salario por año trabajado12 mensualidadesArt. 53 ET
Despido disciplinario procedente0 €Art. 54-55 ET
Fin de contrato temporal
(a partir de 2025)
12 días de salario por año trabajadoArt. 49.1.c ET
Baja voluntaria del trabajador0 €
Mutuo acuerdoLo pactado entre las partes (puede ser 0 €)Art. 49.1.a ET
Dimisión del trabajador (despido indirecto)
Art. 50 ET — incumplimiento grave del empresario
33 días de salario por año trabajado24 mensualidadesArt. 50 ET
🚨

Cuidado con el régimen mixto en contratos anteriores a 2012

Si empezaste a trabajar en la empresa antes del 12 de febrero de 2012 y te despiden improcedentemente, el cálculo es más complejo: 45 días/año por cada año de servicio anterior a esa fecha, y 33 días/año por cada año posterior. El importe máximo no puede superar los 720 días de salario salvo que el cálculo de los 45 días ya supere esa cantidad.

Tres ejemplos prácticos con cálculos reales

Los tres supuestos más habituales que tramitamos en Asesoría Sants, con datos reales anonimizados y cálculo completo.

Ejemplo 1: Baja voluntaria

Situación: Laura trabaja como dependienta en Barcelona bajo el convenio de comercio de Cataluña. Salario bruto: 1.850 €/mes + 2 pagas extras de 1.850 € cada una. Lleva 3 años y 4 meses en la empresa. Presenta la dimisión el 20 de mayo de 2026 (habiendo disfrutado 10 días de vacaciones en 2026).

Finiquito — Baja voluntaria de Laura
Salario del 1 al 20 de mayo (20 días de 31)
1.193,55 €
Vacaciones devengadas 2026: (22 días × 140/365) = 8,44 días − 10 disfrutados = 0 días pendientes
0,00 €
Paga extra verano devengada (enero–mayo, 140 días de 181): 1.850 € × 140/181
1.430,39 €
Paga extra Navidad devengada (julio–mayo, 140 días de 184): 1.850 € × 140/184
1.407,61 €
TOTAL FINIQUITO BRUTO
4.031,55 €

Indemnización: 0 € (la baja voluntaria no genera indemnización).

Ejemplo 2: Despido improcedente

Situación: Marc trabaja como técnico de mantenimiento en una pyme industrial de Barcelona. Contrato indefinido desde el 1 de marzo de 2022 (4 años y 2 meses de antigüedad). Salario bruto: 2.400 €/mes + 2 pagas extras. Lo despiden el 30 de abril de 2026 y el despido es declarado improcedente. En 2026 había disfrutado 5 días de vacaciones.

Finiquito + Indemnización — Despido improcedente de Marc
Salario de abril (mes completo)
2.400,00 €
Vacaciones 2026: (22 × 120/365) = 7,23 días − 5 disfrutados = 2,23 días pendientes
(2.400 € ÷ 30 × 2,23 = 178,40 €)

178,40 €
Paga extra verano proporcional (enero–abril = 120/181 × 2.400 €)
1.590,61 €
Paga extra Navidad proporcional (julio 2025–abril 2026 = 120/184 × 2.400 €)
1.565,22 €
TOTAL FINIQUITO BRUTO
5.734,23 €

Indemnización por despido improcedente de Marc
Antigüedad: 4 años y 2 meses = 4,17 años
Salario diario: 2.400 × 14 pagas ÷ 365 = 92,05 €/día
Indemnización: 33 días × 4,17 años × 92,05 €/día
12.667,89 €
COBRO TOTAL (finiquito + indemnización)
18.402,12 €

Ejemplo 3: Fin de contrato temporal

Situación: Ana trabaja con contrato temporal de obra y servicio en una empresa de servicios de Barcelona. Salario: 1.650 €/mes. El contrato dura exactamente 2 años (del 1 de mayo de 2024 al 30 de abril de 2026). Fin de contrato el 30 de abril de 2026. Disfrutó 22 días de vacaciones en 2025 y 7 en 2026.

Finiquito + Indemnización fin de contrato de Ana
Salario de abril 2026 (mes completo)
1.650,00 €
Vacaciones 2026: (22 × 120/365) = 7,23 días − 7 = 0,23 días
(1.650 € ÷ 30 × 0,23 = 12,65 €)

12,65 €
Paga extra verano proporcional (120/181 × 1.650 €)
1.093,92 €
Paga extra Navidad proporcional (120/184 × 1.650 €)
1.075,00 €
Indemnización fin contrato temporal: 12 días × 2 años × (1.650 × 14 ÷ 365 = 63,29 €/día)
1.519,00 €
COBRO TOTAL BRUTO
5.350,57 €

Errores más comunes al calcular o firmar el finiquito

En Asesoría Sants revisamos finiquitos a diario. Estos son los errores que más repetimos y que más dinero le cuestan a los trabajadores.

  • No revisar las vacaciones proporcionales. Las empresas calculan a veces las vacaciones solo sobre el salario base, obviando complementos fijos que forman parte del salario real.
  • Confundir 30 días naturales con 22 días laborables. El mínimo legal son 30 días naturales equivalentes a 22 laborables. Si tu convenio reconoce más, el cálculo cambia.
  • Olvidar revisar el convenio colectivo. Muchos convenios en Cataluña establecen más días de vacaciones, pagas adicionales o mejores condiciones que el mínimo legal.
  • Firmar sin leer. La firma del finiquito reconoce que has recibido las cantidades indicadas. Si hay errores, firma «no conforme» o pide tiempo para revisarlo.
  • Asumir que firmarlo significa renunciar a todo. Firmar el finiquito no te impide reclamar si el cálculo es incorrecto o si impugnas el tipo de despido. El plazo para reclamar es de 20 días hábiles para la impugnación del despido y 1 año para el finiquito.
  • No reclamar el finiquito si la empresa no lo entrega. Si la empresa no te entrega el finiquito o tarda en pagarlo, puedes reclamar ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) o los juzgados de lo social.
  • No comprobar si corresponde FOGASA. Si la empresa está en concurso de acreedores o insolvente, el FOGASA garantiza hasta 120 días de salario e indemnizaciones hasta ciertos límites.
⚠️

Plazo de 20 días para impugnar el despido — no confundir con el finiquito

El plazo para impugnar el tipo de despido (si consideras que debería ser improcedente) es de 20 días hábiles desde la fecha del despido. Este plazo es muy corto y se pierde si no actúas. El plazo de 1 año es para reclamar cantidades del finiquito, no para impugnar el despido en sí.

Preguntas frecuentes sobre el finiquito

¿Cuánto me corresponde de finiquito si me echan?
Independientemente del tipo de despido, siempre tienes derecho al finiquito: salario pendiente + vacaciones no disfrutadas + pagas proporcionales. Además, si el despido es improcedente, corresponden 33 días de salario por año trabajado (máx. 24 mensualidades); si es objetivo, 20 días por año (máx. 12 mensualidades); si es disciplinario procedente, no hay indemnización adicional. En cualquier caso, el finiquito básico siempre te corresponde.
¿El finiquito y la indemnización son lo mismo?
No. El finiquito es la liquidación de lo que la empresa te debe al acabar la relación laboral (salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, pagas proporcionales) y siempre te corresponde. La indemnización es una compensación adicional por la pérdida del empleo y solo aplica en ciertos tipos de despido. Aunque suelen pagarse juntos en un mismo documento, son conceptos distintos con reglas de cálculo diferentes.
¿Tengo derecho a finiquito si me voy voluntariamente?
Sí. En la baja voluntaria siempre tienes derecho a cobrar el finiquito: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de las pagas. Lo que no te corresponde en ese caso es la indemnización por despido, que solo aplica cuando es la empresa quien extingue el contrato en determinados supuestos.
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar el finiquito?
La ley no establece un plazo máximo concreto, pero la obligación de pago es inmediata al cese. La práctica habitual es que el finiquito se entregue el último día de trabajo o en los días siguientes. El retraso injustificado puede dar lugar a reclamaciones con intereses de demora. Si la empresa no paga, puedes presentar reclamación ante el SMAC o directamente ante los juzgados de lo social, en el plazo de 1 año desde la extinción del contrato.
¿Puedo firmar el finiquito «no conforme» y seguir reclamando?
Sí. Añadir la expresión «no conforme» o «bajo protesta» al firmar el finiquito no implica que renuncias a reclamar las diferencias. De hecho, es recomendable hacerlo si no estás de acuerdo con las cantidades. Firmar sin esa mención no te impide automáticamente reclamar, pero puede dificultar la prueba de tu disconformidad. Ante la duda, pide un plazo razonable para revisar el documento con un gestor o abogado laboralista.
¿Qué vacaciones se incluyen en el finiquito?
Las vacaciones devengadas en el año en curso y no disfrutadas hasta la fecha de cese. Se calculan proporcionalmente: si te corresponden 22 días laborables anuales y llevas 4 meses trabajados en el año (120 días), habrás devengado (22 × 120 ÷ 365) = 7,23 días de vacaciones. A esa cifra se le restan los días ya disfrutados. Los días restantes se pagan al salario diario correspondiente.
¿Cómo afecta el convenio colectivo al finiquito?
El convenio colectivo puede mejorar los mínimos del Estatuto de los Trabajadores. En Cataluña, convenios sectoriales como el de hostelería, comercio o construcción suelen reconocer más días de vacaciones, pagas extras adicionales o condiciones más favorables. Antes de aceptar un finiquito, es fundamental revisar el convenio aplicable, ya que el cálculo puede ser significativamente superior al mínimo legal.
¿Qué pasa si la empresa no me paga el finiquito?
Tienes varias vías. Primero, puedes intentar una reclamación extrajudicial directamente a la empresa. Si no responde, el siguiente paso es presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Cataluña), que es obligatoria antes de ir a juicio. Si no se llega a un acuerdo en conciliación, puedes interponer demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo para reclamar el importe del finiquito es de 1 año desde la fecha de cese (Art. 59.1 ET).

¿Tienes dudas sobre tu finiquito?

En Asesoría Sants revisamos tu finiquito, calculamos si las cantidades son correctas y te asesoramos sobre si conviene firmarlo o reclamar. Primera consulta sin compromiso.

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